viernes, 17 de mayo de 2019

Ley de Símbolos Patrios de la República de El Salvador

Por Compartiendo mi Opinión

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

DECRETO Nº 115.- 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO: 

I.- Que los Símbolos Patrios, representan el nacionalismo del pueblo salvadoreño, pues en ellos se enmarcan las gestas gloriosas de nuestros antepasados, que en muchas ocasiones, los ha llevado más allá del deber y recogiendo el sentir de los salvadoreños, en relación a que los Símbolos Patrios se encuentran decretados en forma dispersa, debe la Asamblea Legislativa cumplir con el mandato constitucional de Decretar el Escudo de Armas, el Pabellón y el Himno de la República, establecido en el Art. 47, numeral 18o. de la Constitución Política, y siendo que, por Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente de las Provincias Unidas del Centro de América, de 21 de agosto de 1823, se adoptó el Escudo de Armas y el Pabellón Nacionales; por Decreto Legislativo de 17 de mayo de 1912, publicado en el Diario Oficial No. 125, Tomo 72, de fecha 30 del mismo mes y año, se adoptó el Escudo de Armas y el Pabellón de la Federación Centroamericana; por Decreto Legislativo de 20 de marzo de 1916, publicado en el Diario Oficial No. 72, Tomo 80, de fecha 27 del mismo mes y año, se incorporaron adiciones al Escudo de Armas de la República y se dictaron disposiciones sobre el uso de éste y del Pabellón de la República; por Decreto Legislativo de 19 de julio de 1934, publicado en el Diario Oficial No. 170, Tomo 117, del 9 de agosto del mismo año, se emitió la Ordenanza del Ejército; por Decreto Legislativo de 26 de febrero de 1936, publicado en el Diario Oficial No. 49, Tomo 120 de fecha 28 del mismo mes y año, se ordena calzar toda correspondencia oficial, con la inscripción "Dios, Unión y Libertad"; por Decreto Ejecutivo No. 19, de fecha 12 de octubre de 1941, publicado en el Diario Oficial No. 229, Tomo 131, de fecha 14 del mismo mes y año, se dictaron disposiciones para fortalecer las prácticas de carácter cívico en todos los planteles educativos del país; por Decreto Legislativo No. 15, de fecha 3 de junio de 1943, publicado en el Diario Oficial No. 127, Tomo 134, de fecha 10 del mismo mes y año, se facultó a los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, para reglamentar el uso del Escudo de Armas o del Pabellón Nacional en los casos que no estuvieren previstos en anteriores disposiciones; por Decreto Legislativo No. 1231, de fecha 13 de noviembre de 1953, publicado en el Diario Oficial No. 226, Tomo 161 de fecha 11 de diciembre del mismo año, se adoptó el Himno de la República, compuesto por el General Juan José Cañas y Coronel Juan Aberle, estrenado el 15 de septiembre de 1879; y por Decreto Ejecutivo No. 66, de 21 de junio de 1957, publicado en el Diario Oficial No. 129, Tomo 176, del 10 de julio del mismo año, se instituyó el "Calendario Cívico Escolar", por tales razones, es necesario decretar en una sola ley, el Escudo de Armas, el Pabellón, o Bandera y el Himno de la República, o Nacional, el diseño, uso y sanciones para las personas que irrespeten los Símbolos Patrios; 

II.- Que tal como se menciona en el Considerando anterior, esta proliferación de leyes y decretos, puede inducir a error y confusión en el uso de los Símbolos Patrios, lo que viene a afectar la imagen correcta de la Patria; 

III.- Que en razón de tales argumentos, es de imperiosa necesidad decretar la LEY DE SIMBOLOS PATRIOS, para que el culto a los mismos se realice en forma ordenada, a fin de que las generaciones presentes y futuras exalten los valores nacionales, legado de nuestros antepasados; y que con espíritu de salvadoreños, hagamos sentir en las naciones del mundo que la historia de la República de El Salvador ha sido y es una búsqueda constante de la libertad y el humanismo, en lo que no se ha vacilado ante el sacrificio, el que se comprueba en la historia del Escudo de Armas, del Pabellón o Bandera y del Himno de la República; 

IV.- Que el culto a los Símbolos Patrios debe adquirir los caracteres de una suprema devoción, ya que concretan y expresan las luchas libertarias de nuestro pueblo, los ideales de paz, trabajo y progreso; por lo que es necesario dictar las normas que garanticen su respeto y defensa. 

POR TANTO, 

en uso de sus facultades constitucionales, y a iniciativa de los diputados Rubén Alfonso Rodríguez, Julio Francisco Flores Menéndez, Alfredo Morales Rodríguez, Roberto Escobar García, Jorge Escobar Santamaría, José Francisco Guerrero, Carlos Enrique Palomo Castillo, Luis Neftalí Cardoza López, Pablo Mateu Llort, Francisco Wilfredo Acosta Herrera, Miguel Angel Aparicio, Ana Cristina Alvarenga, Héctor Manuel Araujo hijo, Miguel Apolonio Arévalo Peña, Adalberto de Jesús Baires, Pedro Rigoberto Barquero, Francisco Javier Castro, Miguel Antonio Castro Bethencourt, Carlos Arnulfo Crespin, Juan Alberto Dueñas, Fidel Angel González hijo, José Ociel González, Rafael González Carías, Héctor Luis Gutiérrez Balibrera, Lázaro López Sánchez, Fernando Antonio Llanes, José Sergio Mena Mendez, Armando Molina Mena, Rafael Morán Castaneda, Orlando Orellana Alvarenga, Oscar Portillo Reina, Roberto Arturo Ramírez Rendón, Gilberto Ramos Lazo, Juan Roberto Rauda Rivas, Rafael Rodríguez González, José Humberto Romero, Mario Adalberto Rivera, Ester Rubio de Melgar, Rommel Antonio Rubio, José Alberto Buendía Flores, Salvador Román Chávez Durán, German Flamenco Rivas, Guillermo Antonio Guevara Lacayo, Ernesto Menjivar Escalante, Rafael Villacorta Rivera, Mario Zamora Rivas, Constantino Novoa h., Rómulo Pastore Mendoza, José Eduardo Lemus O'Byrne, José Edgar Vásquez Hernández y Alex Alfonso Salavería Lagos, 

DECRETA: la siguiente: 

LEY DE SIMBOLOS PATRIOS 

CAPITULO I 
DE LOS SIMBOLOS PATRIOS

Art.1.- Adóptanse como Símbolos Patrios de la República de El Salvador: el Escudo de Armas, el Pabellón o Bandera y el Himno de la República. 

CAPITULO II 

DEL ESCUDO DE ARMAS, DISEÑO Y USO

Art.2.- El Escudo de Armas de El Salvador, será un triángulo equilátero de líneas doradas. En su base aparecerá la cordillera de cinco volcanes en forma decreciente de izquierda a derecha y en color verde, colocados sobre un terreno que se figura bañado por dos mares; en la parte superior un arco iris que los cubra; bajo el arco, el gorro de la Libertad esparciendo luces; y en forma de semicírculo se leerá entre sus rayos: 15 DE SEPTIEMBRE DE 1821 o su abreviatura 15 DE SEPT. DE 1821. El gorro frigio irá sobre un asta dorada. En torno del triángulo y en figura circular se escribirá en letras de oro o doradas: REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL, y en la base del triángulo: DIOS UNION LIBERTAD. Saliendo del triángulo habrá cinco Pabellones de El Salvador, dos a cada uno de los lados del triángulo y uno sobre el vértice superior del mismo, las banderas laterales se entrelazan en la mitad de la base del triángulo. Bajo la leyenda DIOS UNION LIBERTAD, llevará dos ramas de laurel en forma circular entrelazadas con un listón color azul y blanco, cuyos gajos serán igual al número de Departamentos administrativos de la República, hasta terminar en las dos Banderas laterales superiores. 

Art.3.- El escudo de Armas se colocará en todas las oficinas públicas, de instituciones oficiales autónomas o semi autónomas, municipales, puertos, aeropuertos, y sedes de las representaciones diplomáticas y consulares. 

Podrá usarse en toda clase de bienes muebles, tales como: vehículos, embarcaciones y enseres de propiedad nacional. 

También podrá usarse en el interior de casas e instituciones privadas, excepto en lugares reñidos con la moral y el orden público. Para usarlo externamente en dichos inmuebles se podrá hacer sólo con ocasión de una fiesta o duelo nacionales o cuando expresamente se hubiere concedido autorización por el Poder Ejecutivo en el Ramo del Interior. 

El escudo de Armas de la República, en impresiones en blanco y negro, a color, en troquel u otros similares, se usará en el papel de correspondencia de los Poderes Públicos, papel sellado, timbres fiscales, bonos, billetes y otras emisiones del Estado. 

También podrá figurar en alto relieve, en monedas metálicas fraccionarias. 

Art.4.- El gran Sello de la Nación y todos los sellos de las oficinas del Estado, llevarán el Escudo de Armas con todos sus blasones. 

CAPITULO III 
DEL PABELLON O BANDERA DE LA REPUBLICA, 
DISEÑO Y USO

Art.5.- La Bandera nacional se compone de dos franjas horizontales color azul, e interpuesta entre ellas una franja blanca, en un rectángulo de tela. Las tres franjas tendrán las mismas dimensiones. 

Art.6.- Habrá tres clases de banderas nacionales oficiales: la magna, la de uso en edificios y oficinas públicos y la de desfiles. 

Art.7.- La bandera magna será de tres metros treinta y cinco centímetros de largo por un metro ochenta y nueve centímetros de ancho, en la cual irá dibujado el Escudo de Armas con todos sus blasones. Sin embargo, cuando las condiciones del local y las circunstancias lo ameriten, podrá usarse una bandera de mayores dimensiones. 

Art.8.- La bandera magna se usará en ocasiones en que se celebren sesiones, reuniones o actos en que participen los tres Poderes del Estado o con motivo de las celebraciones de las fechas patrias. 

Art.9.- La bandera de uso en edificios y oficinas públicos, será de un metro de largo por sesenta centímetros de ancho; pero cuando las circunstancias del edificio lo permitan podrán aumentarse estas medidas. En la franja del centro llevará la leyenda: DIOS UNION LIBERTAD. 

Art.10.- La bandera de uso en edificios y oficinas públicos será de uso obligatorio en todos los edificios y dependencias del Estado y deberá estar colocada en un sitio de honor, en el despacho del jefe respectivo. En los días de fiesta nacional, se izará a las seis horas y se arriará a las dieciocho horas. 

Art.11.- La bandera de desfiles deberá medir un metro cuarenta y cinco centímetros de largo por noventa centímetros de ancho y será sostenida por un asta cilíndrica de dos metros cincuenta centímetros de largo por cuatro centímetros de diámetro. El asta terminará en una lanza color dorado en forma de rombo y afilado hacia los lados, y en la punta; y grueso en la línea media que une los ángulos. En la unión de la lanza con el asta se fijarán dos listones de dos metros de largo: uno blanco y otro azul, de seis centímetros de ancho cada uno. En el listón blanco deberá constar el nombre del plantel, y en el listón azul el domicilio, en letras de color dorado. La franja blanca de la bandera para desfiles, llevará en letras doradas la inscripción: DIOS UNION LIBERTAD. 

Art.12.- Las delegaciones oficiales nombradas por el Gobierno de la República para representar al país en el extranjero, cuando por razón de su misión tengan que portar bandera, ésta será la de uso en edificios y oficinas públicos, con el Escudo de Armas, con todos sus blasones. 

Art.13.-La bandera nacional en dimensiones reducidas, con escudo o con la leyenda DIOS UNION LIBERTAD, o simplemente los colores, podrá usarse en los bienes del Estado, que por su índole lo ameriten. Lo mismo se aplicará a los particulares, con motivo de celebraciones cívicas. 

Art.14.-Las naves nacionales o con matrícula salvadoreña usarán la bandera nacional de conformidad a los Tratados, Convenios o disposiciones especiales. 

CAPITULO IV 
DEL HIMNO NACIONAL

Art.15.- EL HIMNO DE LA REPUBLICA O NACIONAL, ES EL RECONOCIDO OFICIALMENTE POR DECRETO LEGISLATIVO NO. 1231, DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 1953, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL NO. 226, TOMO 171, DEL 11 DE DICIEMBRE DEL MISMO AÑO. SE EJECUTARA EN TODO ACTO PUBLICO OFICIAL Y EN LAS DEMAS OCASIONES QUE EL CASO AMERITE, INICIANDOSE CON EL CORO Y FINALIZANDO CON LA PRIMERA ESTROFA.(4) 

Art.15-A.- EN LOS EVENTOS DEPORTIVOS DE CUALQUIER NATURALEZA, NACIONALES O INTERNACIONALES, DE LAS DISPUTAS CATEGORIAS, LOS DIRECTIVOS DE CLUBES O LOS PROMOTORES DE TALES EVENTOS, TIENEN LA OBLIGACION DE HACER QUE SE EJECUTE EL HIMNO NACIONAL, ANTES DEL INICIO DE CADA EVENTO. 

LOS ARBITROS BAJO CUYA RESPONSABILIDAD SE DESARROLLO EL O LOS JUEGOS DEPORTIVOS, DEBERAN EXPRESAR EN EL INFORME QUE DIRIGEN A LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE, SI SE LE DIO CUMPLIMIENTO O NO A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO ANTERIOR. LAS FEDERACIONES RESPECTIVAS IMPONDRAN EN SU CASO, A LOS DIRECTIVOS DE LOS CLUBES O A LOS PROMOTORES DE ESTE EVENTO, UNA MULTA DE VEINTICINCO COLONES POR CADA INFRACCION. EL ARBITRO QUE NO CUMPLIERE CON ESTA OBLIGACION SUFRIRA LA PENA DE TRES MESES DE SUSPENSION, PERIODO EN EL QUE NO PODRA ACTUAR EN NINGUN EVENTO. 

LAS FEDERACIONES QUE NO DIEREN CUMPLIMIENTO A LO PRECEPTUADO EN EL INCISO ANTERIOR, INCURRIRAN EN LAS MISMAS SANCIONES QUE ESTABLECE EL ARTICULO 24.(1) 

CAPITULO V 
DISPOSICIONES ESPECIALES 
PARA LA FUERZA ARMADA 

Art.16.-La Fuerza Armada podrá dictar las disposiciones pertinentes para el uso de la bandera y escudo nacionales, de acuerdo con las características especiales de las respectivas armas o servicios. 

Los honores militares se regirán de conformidad a las disposiciones contenidas en el decreto Legislativo Nº 16 de fecha 27 de junio de 1972, publicado en el Diario Oficial Nº 121, Tomo 235 de fecha 30 del mismo mes y año, por el cual se reconoció como marcha oficial "La Granadera". 

CAPITULO VI
DISPOSICIONES ESPECIALES
PARA CENTROS EDUCATIVOS

Art.17.-Los Símbolos Patrios permanecerán visibles y en sitios preferentes en todos los centros de enseñanza de cualquier nivel educativo del país. 

Art.18.- RECONÓCESE OFICIALMENTE LA ORACIÓN A LA BANDERA, DEL AUTOR SALVADOREÑO DOCTOR DAVID J. GUZMÁN, COMO UNA EXALTACIÓN A LA PATRIA. 

EN LOS CENTROS DE ENSEÑANZA PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA, OFICIALES Y PRIVADOS, LOS DÍAS CÍVICOS DEL AÑO, EL PRIMER DÍA DE CLASES DEL AÑO Y DE CADA SEMANA ANTES DE INICIAR LAS LABORES EDUCATIVAS, LOS ESTUDIANTES DEBERÁN RECITAR EN CORO, BAJO LA INMEDIATA DIRECCIÓN Y VIGILANCIA DE SUS PROFESORES, LA ORACIÓN A LA BANDERA QUE SE MENCIONA EN EL INCISO ANTERIOR. (5) 

LA REFERIDA ORACIÓN A LA BANDERA DEBERÁ RECITARSE EN CORO, EN TODO ACTO CÍVICO. ASIMISMO, PODRÁ INCLUIRSE EN EL DESARROLLO DE CUALQUIER OTRO ACTO, CUANDO SE CONSIDERE PERTINENTE. 

Art.19.-En todos los actos públicos o en cualquier lugar o momento en que el pabellón o bandera nacional sea izado o arriado o ejecutado el Himno Nacional, todo escolar que esté o no con sus profesores, en grupo escolar o no, demostrará su respeto y culto al pabellón o bandera nacional, descubierto, en posición de firmes, con la palma de la mano derecha apoyada sobre el pecho y a la altura del corazón, durante el tiempo que dure el acto. 
Art.20.-El primer día de clases de cada mes, y en el interior del centro educativo, se izará el pabellón o bandera nacional, sin listones, antes de iniciar la primera clase, y se arriará a la hora en que concluya la última clase del mismo día, con los honores establecidos en el artículo anterior y los profesores y alumnos cantarán en Himno Nacional. Luego de este acto, se recitará la "Oración a la Bandera" por alumnos y profesores. Cada profesor en su aula hará el correspondiente elogio cívico al comenzar la primera hora de clases, haciendo referencia al origen, significado, respeto, culto y espíritu de sacrificio sobre los símbolos patrios, ejemplificando con hechos históricos y haciendo referencias al Estado y su forma de Gobierno y a los Poderes Públicos que establece nuestra Constitución Política. 

Art.21.- Para los desfiles, el pabellón o bandera nacional se confiará a alumnos distinguidos, como premio a su aprovechamiento y conducta seleccionándose como ayudantes de honor, para llevar los listones, a dos alumnos que le siguieren en mérito. El abanderado en los desfiles deberá llevar el pabellón nacional en su correspondiente porte estandarte. 

EL 15 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO, “DÍA DE LA INDEPENDENCIA PATRIA”, LOS CENTROS OFICIALES DE EDUCACIÓN REALIZARÁN UN ACTO CONMEMORATIVO Y DESFILE ALUSIVO A DICHA EFEMÉRIDE, EN EL CUAL SERÁ OBLIGATORIA LA PARTICIPACIÓN DE LOS DOCENTES, SALVO CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR, DEBIENDO LAS AUTORIDADES DEL CENTRO Y DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN TOMAR LAS PROVIDENCIAS NECESARIAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL. LOS DOCENTES Y ESTUDIANTES PARTICIPANTES TENDRÁN DESCANSO COMPENSATORIO EL DÍA HÁBIL SIGUIENTE AL DESARROLLO DEL EVENTO.(6) 

LOS CENTROS OFICIALES DE EDUCACIÓN DEL ÁREA RURAL, CELEBRARÁN SU ACTO CÍVICO DE CONMEMORACIÓN DE LA INDEPENDENCIA PATRIA O DESFILE SI ASÍ LO DECIDEN; UN DÍA DISTINTO AL 15 DE SEPTIEMBRE, CUANDO ESTA FECHA COINCIDA CON EL FIN DE SEMANA.(6). 

Art.22.- En todo centro educativo se elegirá una Comisión Cívica integrada por cinco alumnos, quienes colaborarán con sus profesores en el exacto cumplimiento de todo lo dispuesto en este Capítulo. 

Art.23.- Para el mejor cumplimiento de lo establecido en este Capítulo, se otorgan amplias facultades al Ministerio de Educación. 

CAPITULO VII
DE LAS SANCIONES

Art.24.- Incurrirán en falta grave, con las consecuencias legales, incluso la destitución, según el caso, los funcionarios, jefes o empleados de oficinas y dependencias del Gobierno Central, de instituciones oficiales autónomas o semi autónomas, municipales, así como aquellos de nombramiento oficial que trabajen en instituciones que reciben ayuda del Estado que no cumplan con las disposiciones contenidas en esta ley o que irrespeten de cualquier manera los Símbolos Patrios. 

En la misma falta incurrirán y con las mismas consecuencias, los funcionarios o jefes, que teniendo conocimiento de las infracciones a esta ley o actos de irrespeto a los símbolos patrios, no procedan a incoar a sus subalternos los juicios correspondientes, dentro de tercero día. 

CAPITULO VIII
DISPOSICIONES GENERALES

Art.25.-EN TODOS LOS ACTOS PUBLICOS O EN CUALQUIER LUGAR O MOMENTO EN QUE EL PABELLON O BANDERA NACIONAL SEA IZADA O ARRIADA O EJECUTADO EL HIMNO NACIONAL, TODA PERSONA DEMOSTRARA SU RESPETO Y CULTO A ESOS SIMBOLOS, DESCUBIERTO EN POSICION DE FIRME CON LA MANO DERECHA APOYADA SOBRE EL PECHO Y A LA ALTURA DEL CORAZON; DURANTE EL ACTO DE IZAR O ARRIAR EL PABELLON O BANDERA NACIONAL, LOS SALVADOREÑOS ADEMAS ACOMPAÑARAN LA EJECUCION DEL HIMNO NACIONAL, CON SU CANTO.(2) 

Art.26.- Se permite el uso de los Símbolos Patrios en objetos de uso personal, siempre que se guarde para ellos, el respeto y decoro debidos, 

Art.27.- El poder Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, reglamentará el uso de los Símbolos Patrios en los actos protocolarios. 

Art.28.- DECLARASE OBLIGATORIO EL USO DE LA LEYENDA "DIOS UNION LIBERTAD", AL FINAL DE TODA CORRESPONDENCIA DE CARACTER OFICIAL, SUSTITUYENDO CON ELLA LAS FRASES ACOSTUMBRADAS DE INDOLE PERSONAL. 

SE EXCEPTUAN DE LLEVAR LA LEYENDA A QUE SE REFIERE EL INCISO ANTERIOR, LA CORRESPONDENCIA TELEGRAFICA Y LAS COMUNICACIONES RELACIONADAS CON AUTORIDADES, INSTITUCIONES U ORGANISMOS DE CARACTER PRIVADO.(3) 

CAPITULO IX
DEROGATORIAS

Art.29.- Derógase el Decreto Legislativo de 17 de mayo de 1912, publicado en el Diario Oficial No. 125, Tomo 72, de 30 del mismo mes y año y todas sus reformas, así como las disposiciones que se opongan a la presente ley. 

CAPITULO X
DE LA VIGENCIA

Art.30.- La presente ley entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. 

DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO NACIONAL: San Salvador, a los catorce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y dos. 

RUBEN ALFONSO RODRIGUEZ, 
PRESIDENTE.

JULIO FRANCISCO FLORES MENENDEZ, 
VICE-PRESIDENTE.

ALFREDO MORALES RODRIGUEZ, 
VICE-PRESIDENTE.

JORGE ESCOBAR SANTAMARIA, 
PRIMER SECRETARIO.

ROBERTO ESCOBAR GARCIA, 
PRIMER SECRETARIO.

JOSE FRANCISCO GUERRERO, 
PRIMER SECRETARIO.

CARLOS ENRIQUE PALOMO, 
SEGUNDO SECRETARIO

LUIS NEFTALI CARDOZA LOPEZ, 
SEGUNDO SECRETARIO.


PABLO MATHEU LLORT. 
SEGUNDO SECRETARIO.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los catorce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y dos.

PUBLIQUESE. 

ARTURO ARMANDO MOLINA, 
Presidente de la República. 

Juan Antonio Martínez Varela, 
Ministro del Interior. 
Rogelio Sánchez, 
Ministro de Educación. 

Carlos Humberto Romero, 
Ministro de Defensa. 

Mauricio Alfredo Borgonovo Pohl, 
Ministro de Relaciones Exteriores. 

PUBLIQUESE EN EL DIARIO OFICIAL. 

Enrique Mayorga Rivas, 
Secretario General de la Presidencia de la República. 

D. O. : Nº 171 
Tomo : Nº 236 
Fecha : 14 de Septiembre de 1972

miércoles, 15 de mayo de 2019

Hoy 15 de Mayo se celebra el Día internacional de la Familia

Por Compartiendo mi Opinión

Esta celebración busca fomentar y promover la transmisión de valores representativos del núcleo más importante de la sociedad.

El Día Internacional de la Familia se celebra cada año el 15 de mayo desde 1994. Esta celebración busca crear conciencia sobre el papel fundamental de las familias en la educación de los hijos desde la primera infancia, y las oportunidades de aprendizaje permanente que existen para los niños y las niñas y los jóvenes.

A pesar de que el concepto de familia se ha transformado en las últimas décadas, evolucionando de acuerdo a las tendencias mundiales y los cambios demográficos, las Naciones Unidas consideran que la familia constituye la unidad básica de la sociedad. En este contexto, el Día Internacional de las Familias nos da la oportunidad de reconocer, identificar y analizar cuestiones sociales, económicas y demográficas que afectan a su desarrollo y evolución. Por este motivo, para celebrar este día se organizan actividades, tales como talleres, conferencias, programas de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de fomentar y favorecer el mantenimiento y la mejora de la unidad familiar.

Esta fecha fue proclamada en 1993 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, haciendo eco de la importancia que la comunidad internacional le otorga a la familia.

Esta es la ocasión propicia para promover la concienciación y un mejor conocimiento de los procesos sociales, económicos y demográficos que afectan a este importante núcleo de la sociedad.

Sin lugar a dudas, el Día de la Familia es parte importante de esa lucha por llevar de nueva cuenta a la familia, en su papel y rol educador y que no se lo delegue únicamente al estado, a los maestros y a la información externa que reciben, señala el portal oficial del Día de la familia.

Esta celebración ha inspirado una serie de actos de sensibilización. En numerosos países, ese día ofrece una oportunidad para poner de relieve los distintos ámbitos de interés para las familias. Entre las actividades se incluyen cursos prácticos y conferencias, programas de radio y televisión, artículos periodísticos y programas culturales que hacen hincapié en los temas pertinentes.

Durante esta fecha también se destaca la importancia de los miembros de la familia que se dedican al cuidado de los otros, sean padres, abuelos o hermanos y se focaliza en las buenas prácticas dirigidas a conciliar la vida familiar y laboral y a asistir a los progenitores en su papel de educadores y cuidadores.

Además, se destacan las buenas prácticas en el sector privado que apoyan a madres y padres trabajadores, así como a los jóvenes y las personas mayores, en sus lugares de trabajo.

La celebración también tiene por objetivo fomentar el debate acerca de la importancia de «los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad entre los géneros, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y de la contribución de la cultura al desarrollo sostenible».

sábado, 11 de mayo de 2019

SALUD MENTAL LA MEJOR HERENCIA FAMILIAR: FALSOS IDOLOS


Por Dra. Margarita Mendoza Burgos
Los falsos ídolos existen desde siempre y son todo una tentación. En los relatos bíblicos, por ejemplo, están representados por el becerro de oro. 

En estos tiempos podemos hablar de los falsos ídolos modernos, que son de carne y hueso y pueden hacer entrarnos en un conflicto interno con suma facilidad. Aunque parezca una contradicción, son aquellos personajes que más adora la gente, los que más brillan, los que hacen cosas fuera de lo común. Pero, vale aclarar, destacan más por lo escandaloso que por lo filantrópico. Con o sin talento, brillan por ser diferentes y representan el lado más oscuro de nuestras fantasías. 

Es evidente que como humanos necesitamos adorar y aclamar a alguien o algo, y estos falsos ídolos se aprovechan de nuestra condición. Puede ser un músico, un político, un deportista, un actor, un modelo, o un “influencer”, término muy de moda por estos días… Generan cada vez más morbo y apetencia por ver hasta dónde llegan rompiendo límites y siendo hasta perversos… Parece que lo bueno no es “cool”, aburre y es trillado. 

Lo peor es que los buenos ejemplos pasan inadvertidos. Como se dijo antes, lo correcto es sinónimo de aburrimiento, porque eso no genera el morbo de estarlos viendo y viendo repetidamente, deteniendo las escenas más provocativas y fuera de lo común. Lo bueno no vende. Los medios de comunicación tienen bastante que ver en esto y sacan partido de esa situación. Un interesante ejemplo es lo que sucedió en Nueva Zelanda, donde por orden de la primer ministro se decidió omitir el nombre del responsable de la reciente matanza en Christchurch a dos mezquitas. La idea no es invisibilizar el hecho sino su perpetrador, ya que lo último que se quiere es que alguien con ansias de fama pretenda inmortalizarse repitiendo dichas acciones. 

Es importante detectar una característica que hace especial a los falsos ídolos: el afán de sorprender, teniendo para eso que transgredir cada vez más límites, porque cada vez cuesta más ser diferente. Otra es el amor desmedido por el lujo, el dinero y la fama eterna, detrás de lo cual la mayoría esconde la tristeza de la soledad, la poca relación familiar, los pocos amigos verdaderos, el hastío, la tristeza de pasar de moda y la presión de sus excesos que lleva también al abuso de alcohol, drogas y relaciones desechables. 

Las consecuencias de rendirle culto a estos falsos ídolos pueden ser, literalmente, letales. Vemos cada día más muertes por hacerse los selfies más diferentes, tristeza por no poder ser esos ídolos, inventos de retos virales peligrosos y hasta estúpidos, baja autoestima, depresión, suicidios y adicciones. 

Para contrarrestar todo eso, hay un aspecto que es clave: la familia. Solo sembrando el amor y valores auténticos, con un núcleo familiar fuerte, se podrá evitar esa “devoción” hacia esos falsos ídolos modernos. Y basta con cosas sencillas, como disfrutar de la naturaleza, de los atardeceres, las sobremesas interminables. Todo lo bello y lo sencillo que llena el alma en un segundo. En esa lista no pueden faltar los grandes abrazos a nuestros seres queridos, las mascotas inocentes que son felices con poco. Aprendiendo que ser feliz no es transgrediendo, sino viviendo una libertad ordenada y simple. 
Ídolos no son aquellos que marcan moda y tendencias desde las redes sociales con sus millones de seguidores. No, definitivamente. Son aquellos que nos dan el ejemplo, como el señor de 92 años que iba a sembrar y que fue atropellado, o el socorrista que arriesga la vida para salvar un niño… Sin ir más lejos, todo aquel que se levanta temprano a trabajar de forma honrada o el que dedica parte de su fortuna a ayudar a mejorar el mundo. En fin, cada uno de nosotros cuando actuamos bien sin creernos tontos por eso. Y para los que creen en Cristo, ese en un auténtico ídolo: dio su vida por nosotros sin pedir nada a cambio.

Acerca de la Dra. Mendoza Burgos
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Titulaciones en Psiquiatría General y Psicología Médica, Psiquiatría infantojuvenil, y Terapia de familia, obtenidas en la Universidad Complutense de Madrid, España.

Mi actividad profesional, desde 1,993, en El Salvador, se ha enfocado en dos direcciones fundamentales: una es el ejercicio de la profesión en mi clínica privada; y la segunda es la colaboración con los diferentes medios de comunicación nacionales, y en ocasiones también internacionales, con objeto de extender la conciencia de la necesidad de salud mental, y de apartarla de su tradicional estigma.

Fui la primera Psiquiatra infanto-juvenil y Terapeuta familiar acreditada en ejercer dichas especialidades en El Salvador.

Ocasionalmente he colaborado también con otras instituciones en sus programas, entre ellas, Ayúdame a Vivir, Ministerio de Educación, Hospital Benjamín Bloom, o Universidad de El Salvador. He sido también acreditada por la embajada de U.S.A. en El Salvador para la atención a su personal. Todo ello me hizo acreedora en 2007, de un Diploma de reconocimiento especial otorgado por la Honorable Asamblea Legislativa de El Salvador, por la labor realizada en el campo de la salud mental. Desde 2008 resido en Florida, Estados Unidos, donde compatibilizo mi actividad profesional con otras actividades.

La tecnología actual me ha permitido establecer métodos como video conferencia y teleconferencia, doy consulta a distancia a pacientes en diferentes partes del mundo, lo cual brinda la comodidad para mantener su terapia regularmente aunque esté de viaje. De igual manera permite a aquellos pacientes que viven en ciudades donde los servicios de terapeuta son demasiado altos acceder a ellos. Todo dentro de un ambiente de absoluta privacidad.

Trato de orientar cada vez más mi profesión hacia la prevención, y dentro de ello, a la asesoría sobre relaciones familiares y dirección y educación de los hijos, porque después de tantos años de experiencia profesional estoy cada vez más convencida de que el desenvolvimiento que cada persona tiene a lo largo de su vida está muy fuertemente condicionado por la educación que recibió y el ambiente que vivió en su familia de origen, desde que nació, hasta que se hizo adulto o se independizó, e incluso después.

sábado, 4 de mayo de 2019

SALUD MENTAL LA MEJOR HERENCIA FAMILIAR: EDUCACION Y SENTIDO COMUN


Por Dra. Margarita Mendoza Burgos
“Hoy lloramos la muerte de un querido amigo, el Sentido Común, que ha estado con nosotros durante muchos años. No se sabe con certeza la edad que tenía, puesto que sus registros de nacimiento se perdieron hace mucho tiempo entre las formalidades de la burocracia…” Así comienza un sentido obituario, de autoría anónima, que circula por la Internet y se comparte en grupos de Whatspp. 

“Sentido Común -continúa el escrito- vivió bajo simples y sensatas políticas financieras (no gastar más de lo que se gana) y estrategias confiables (los adultos, no los niños, están al mando). Su salud comenzó a deteriorarse rápidamente cuando las regulaciones bien intencionadas, pero ineficaces, fueron fijadas en su lugar. Sentido Común perdió terreno cuando los padres arremetieron contra los maestros por hacer el trabajo disciplinario que ellos mismos habían dejado de hacer con sus ingobernables hijos”. 

Efectivamente, el Sentido Común dejó de ser el más común de los sentidos, como lo explica el obituario. Quizás haya sido desde que la gente ha estado más bombardeada con una serie de consejos y medidas que son aplicados en otras culturas y que muchas veces no funcionan en la nuestra, o se aplican sin pasarlas por el tamiz de nuestra inteligencia, cultura, y por supuesto, el sentido común... Tal vez a medida que nos hemos globalizado lo vamos perdiendo más, y en la educación de nuestros hijos es donde más queda en evidencia. 

En definitiva, nos hemos vuelto insensibles y nada nos sorprende. Las imágenes son cada vez más descarnadas. A la vez ya no ejercitamos el espíritu en materias como el arte, la música y la poesía. El ser humano necesita constantemente una dosis de adrenalina. A más jóvenes, más a menudo... Antes, estas grandes dosis se obtenían con los arrobamientos platónicos, las grandes causas y los ideales... Actualmente , como todo se ha vuelto más rápido y no existe el deseo de esforzarse, la adrenalina se sube con drogas, modas extremas o una serie de actividades que no involucran mucho el espíritu, la emoción, incluso cierta pasión por lo experimentado... Hoy parece normal la sobrealimentación de comida chatarra, la ostentación excesiva. Antes, en cambio, se criaba con más mesura, humildad y comida sana. 

Ahora todo se hace a la ligera, porque produce dinero y/o placer instantáneo. La adrenalina sube sin espíritu ni emoción, generando seres cada vez más deshumanizados. Como si fuera poco, los padres consienten a los hijos desde antes de nacer comprándoles cosas extravagantes, pensando en lo que desean para ellos y suelen ser solo cosas grandiosas para presumir de su status y posición económica. Se les sobre estimulan para seguir pautas de crianza o las modas del momento, como centros para despertar la inteligencia del bebé que es lo mismo que se ha hecho desde siempre con el maternaje o la alimentación etc. Aun los animales estimulan a sus bebés y no necesitan escuelas caras y sofisticadas para hacerlo. Sí, en cambio, es necesario mucho amor, deseo y tiempo para hacerlo. 

Es fundamental volver a una crianza más amorosa, comprensiva y adecuada a cada hijo y a cada cultura, pero enseñando valores con el ejemplo y no solamente el "chancletazo o castigo extremo". Estimularlos en exceso es un error. No está mal dejarlos llorar o aguantar un poco de hambre antes de darles de comer y no hacerlos dormir siempre con la teta o el biberón en la boca o paseándolos en el carro. Es una medida justa entre atención y frustración... El exceso siempre será malo, lo mismo que la ambigüedad: no puedo educar bien si los padres educan de una forma y el colegio, los abuelos o la empleada de otra... Debe de haber congruencia en el proceso educativo y disciplinario. 

No puedo dejar de ver el futuro de la educación con enorme preocupación. En algunos lugares la imagino demasiado tendiente a “adultizar” a los hijos, como en las sociedades más desarrolladas. En otros, en cambio, una gran sobreprotección de los mismos y un abismo más grande que el actual que separa la gente acomodada y de los que tienen menos. Además, con padres sin Sentido Común, todo resultará más difícil aún.
Acerca de la Dra. Mendoza Burgos
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Titulaciones en Psiquiatría General y Psicología Médica, Psiquiatría infantojuvenil, y Terapia de familia, obtenidas en la Universidad Complutense de Madrid, España.

Mi actividad profesional, desde 1,993, en El Salvador, se ha enfocado en dos direcciones fundamentales: una es el ejercicio de la profesión en mi clínica privada; y la segunda es la colaboración con los diferentes medios de comunicación nacionales, y en ocasiones también internacionales, con objeto de extender la conciencia de la necesidad de salud mental, y de apartarla de su tradicional estigma.

Fui la primera Psiquiatra infanto-juvenil y Terapeuta familiar acreditada en ejercer dichas especialidades en El Salvador.

Ocasionalmente he colaborado también con otras instituciones en sus programas, entre ellas, Ayúdame a Vivir, Ministerio de Educación, Hospital Benjamín Bloom, o Universidad de El Salvador. He sido también acreditada por la embajada de U.S.A. en El Salvador para la atención a su personal. Todo ello me hizo acreedora en 2007, de un Diploma de reconocimiento especial otorgado por la Honorable Asamblea Legislativa de El Salvador, por la labor realizada en el campo de la salud mental. Desde 2008 resido en Florida, Estados Unidos, donde compatibilizo mi actividad profesional con otras actividades.

La tecnología actual me ha permitido establecer métodos como video conferencia y teleconferencia, doy consulta a distancia a pacientes en diferentes partes del mundo, lo cual brinda la comodidad para mantener su terapia regularmente aunque esté de viaje. De igual manera permite a aquellos pacientes que viven en ciudades donde los servicios de terapeuta son demasiado altos acceder a ellos. Todo dentro de un ambiente de absoluta privacidad.

Trato de orientar cada vez más mi profesión hacia la prevención, y dentro de ello, a la asesoría sobre relaciones familiares y dirección y educación de los hijos, porque después de tantos años de experiencia profesional estoy cada vez más convencida de que el desenvolvimiento que cada persona tiene a lo largo de su vida está muy fuertemente condicionado por la educación que recibió y el ambiente que vivió en su familia de origen, desde que nació, hasta que se hizo adulto o se independizó, e incluso después.