martes, 26 de enero de 2010

FMLN sondea la reacción del pueblo ante una eventual modificación de los artículos pétreos de la constitución

Por Luis Montes Brito


A esta altura nadie duda de la intención del FMLN , claramente manifestada en sus planes, de modificar la constitución de la República, misma receta que han empleado aquellos presidentes en aquellos países con cuyos gobiernos se identifican, valga mencionar a Cuba, Venezuela, Bolivia, Ecuador y el fallido intento en Honduras.

El vicepresidente de la República, Salvador Sánchez Cerén, quien es a su vez el efemelenista de pura sangre con la posición más alta dentro del gobierno, ha jugado la posición de ser la cara visible de la pugna creciente entre el presidente Funes y su partido, aprovechando cualquier ocasión para intentar comprometer con la línea de partido al gobierno actual, lo que le ha valido múltiples regaños públicos de parte del jefe de gobierno.

En el último destape de la línea de partido, Sánchez Cerén lanza a la palestra pública el deseo del FMLN de modificar la carta magna. Ahondando en lo expresado por el vicepresidente se revela que la intención de modificación va orientada incluso hacia aquellos artículos pétreos o no modificables, como son entre otros artículos: el 248, 154, 103,102,88, 87,85, 75 numeral 4. Ver contenido de los mismos al final de este artículo.

Roberto Lorenzana, Vicepresidente de la Asamblea Legislativa por el FMLN, confirma que es parte de la filosofía y del programa de su partido y que es cuestión de tiempo para su aplicación.

Una de las grandes diferencias entre las democracias consolidadas cimentadas en países desarrollados y las neo-dictaduras tropicales, es la responsabilidad de sus líderes políticos en el apego a las leyes y reglas de juego establecidas y a través de las cuales han llegado al poder.

Tenemos el caso de países como Estados Unidos, Inglaterra, Canadá, Costa Rica, los países Escandinavos, entre otros, donde el cambio de gobierno o de partidos en el gobierno no sugiere ni significa el modificar las reglas de juego, mucho menos la modificación de la carta magna. Ese respeto al orden establecido les permite una mayor estabilidad como país, además de poder desarrollar un plan de nación con un rumbo sostenido más allá de los períodos electorales.

La figura del Presidente Funes se vuelve decisiva en la coyuntura actual, ya que sin duda el tipo de gobierno efemelenista sería otro sin Funes a la cabeza del mismo, situación que no debería pasar ya que como país no podemos estar supeditados o dependiendo de un individuo sino de la institucionalidad del país.

Si bien es cierto que la misma constitución de nuestro país señala los procedimientos para futuras enmiendas o modificaciones, también es cierto que ésta establece claramente en su artículo 248 aquellos artículos que no pueden modificarse.

Lorenzana confiesa que en algún momento buscarán pasar de una democracia representativa, tal como lo define el artículo 85 de nuestra Carta Magna, a lo que ellos llaman una Democracia directa o participativa, al igual que Castro, Chávez, Evo Morales, Correa y Ortega.

El anuncio de la intención de modificación de la carta magna realizada por el vicepresidente Sánchez Cerén, más que un desliz es un planificado muestreo para sondear la reacción de los diferentes sectores de la vida nacional, con la intención de medir su posible reacción o disposición a tolerar el cambio de las reglas de juego, a fin de evitar lo que le pasó al gobierno del destituido presidente hondureño Manuel Zelaya.

Enunciado de los artículos de la Constitución Salvadoreña que el FMLN desea modificar:


ARTICULO 248.- La reforma de esta Constitución podrá acordarse por la Asamblea Legislativa, con el voto de la mitad más uno de los Diputados electos.

Para que tal reforma pueda decretarse deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea Legislativa con el voto de los dos tercios de los Diputados electos. Así ratificada, se emitirá el decreto correspondiente, el cual se mandará a publicar en el Diario Oficial.

La reforma únicamente puede ser propuesta por los Diputados en un número no menor de diez.

No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República

ARTICULO 154.- El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones un día más.

ARTICULO 102.- Se garantiza la libertad económica, en lo que no se oponga al interés social.

EL Estado fomentará y protegerá la iniciativa privada dentro de las condiciones necesarias para acrecentar la riqueza nacional y para asegurar los beneficios de ésta al mayor número de habitantes del país.

ARTICULO 103.- Se reconoce y garantiza el derecho a la propiedad privada en función social.

Se reconoce asimismo la propiedad intelectual y artística, por el tiempo y en la forma determinados por la ley.

El subsuelo pertenece al Estado el cual podrá otorgar concesiones para su explotación.

ARTICULO 85.- El Gobierno es republicano, democrático y representativo.

El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo dentro del Gobierno. Las normas, organización y funcionamiento se sujetarán a los principios de la democracia representativa.

La existencia de un partido único oficial es incompatible con el sistema democrático y con la forma de gobierno establecidos en esta Constitución.

ARTICULO 87.- Se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución.

El ejercicio de este derecho no producirá la abrogación ni la reforma de esta Constitución, y se limitará a separar en cuanto sea necesario a los funcionarios transgresores, reemplazándolos de manera transitoria hasta que sean sustituidos en la forma establecida por esta constitución.

Las atribuciones y competencias que corresponden a los órganos fundamentales establecidos por esta Constitución, no podrán ser ejercidas en ningún caso por una misma persona o por una sola institución.

ARTICULO 88.- La alternativa en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos. La violación de esta norma obliga a la insurrección

ARTICULO 75.- Pierden los derechos de ciudadano:

4º Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyarla reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin;

2 comentarios:

  1. Que curioso que hoy quieran reformar el derecho a la insurreccion cuando ha sido su grito de guerra durante mucho tiempo.
    Sin duda hay que hacer bulla y oponerse. La constitution la debe respetar el bando que sea, simple y llanamente son las reglas del juego y no se deben alterar.
    No estoy de acuerdo y me parece un abuso de poder querer venir subrepticiamente a modificar algo que han jurado respetar con la misma investidura de su cargo.
    Si desean permanecer en el poder, pues que hagan las cosas bien y que ganen otras elecciones. Simple.
    Es curioso tambien como mucho de estas clausulas petreas no es mas que una reaccion ante los gobiernos militaristas a los que el mismo FMLN tanto se opuso.
    Sera que ya se les olvido esto?

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  2. Ante una situación como esta me pongo a pensar: qué sucedería si se llegará a hacer la modificación que desean y les sale el tiro por la culata, resultando ser el próximo presidente de derecha, y por su propia iniciativa, darle la oportunidad de reelección. En un caso semejante, estoy completamente seguro que ellos mismos se sublebarían argumentando que es dictadura.
    Acaso no es eso lo que ellos pretenden?
    Me parece que la gente debe pensar bien las cosas antes de sujetarse a semejantes ideas sin ver lo que está sucediendo en países que ya son un ejemplo y muestra de lo que se avecina si no tomamos una seria decisión.

    Bien expuesto Luis!

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