Tomado de La Pagina
En riesgo la candidatura de Quijano por
proceso abierto por malversar fondos municipales
POR JULIO
VILLARÁN
La candidatura presidencial de Norman
Quijano estaría en riesgo de ser inhabilitada si el proceso que tiene abierto
por malversación de fondos en la Corte de Cuentas de la República resulta en
una sentencia condenatoria.
Una sentencia de esta índole, aparte de
obligarlo a pagar más de medio millón de dólares, lo inhabilitaría de ejercer
cargos públicos. Esto de acuerdo a informaciones confirmadas por la Corte de
Cuentas, donde se estableció que el proceso permanece abierto.
Tanto la Corte como el Tribunal
Supremo Electoral han confirmado a Diario La Página que pese a tener abierto el
proceso de malversación de fondos, a Quijano se le extendería un finiquito
"temporal" con el cual podría proceder con su inscripción como candidato.
Sin embargo, para que Quijano
tenga el finiquito definitivo la sentencia de la Corte deberá ser absolutoria.
En caso que esa sentencia sea
condenatoria, el candidato de ARENA deberá saldar deudas y, aún en ese caso,
quedaría inhabilitado para ejercer cargos públicos.
Es en este contexto donde se
presentan varias complicaciones.
En el caso que Quijano ganara
la presidencia del país, si la sentencia de la Corte lo condena, bastaría con
que alguien pusiera un recurso de inconstitucionalidad contra su elección, en
vista de que no puede ejercer el cargo por estar inhabilitado, de acuerdo con
entendidos en materia electoral.
Otro escenario negativo para el
candidato arenero es que, habiendo inscrito su candidatura con el “finiquito
temporal” la Corte emite sentencia condenatoria antes de las elecciones
presidenciales, el delfín de los tricolor se quedaría fuera de la contienda. En
ese caso ARENA tendría que poner otro candidato, con el enorme riesgo de que ya
se haya cerrado el periodo de inscripciones.
Una tercera posibilidad es que
la Corte sentencie condena en el periodo en el que ARENA puede aún inscribir a
otro candidato.
Los “clavos” de Quijano
La Corte mantiene abierto un
pliego de reparos contra el candidato arenero Norman Quijano y contra su
Concejo Municipal, incluida la alcaldesa en funciones Gloria Calderón Sol de
Oñate, por malversación de $583,208.08 los cuales fueron tomados de los fondos
FODES en 2010 y 2011, y por lo cual fueron “llamados a responder por este
reparo en grado de responsabilidad conjunta”, es decir, que Quijano y su
Concejo deberán reintegrar tal cantidad a las arcas municipales.
El Código Electoral establece
en el articulo 206 numeral 4 que para optar a ser candidato a la presidencia de
la República se necesita presentar “solvencia de los impuestos de renta y
patrimonio, en su caso, y finiquito de la Corte de Cuentas de la República, el
cual deberá ser extendido a más tardar dentro de los quince días siguientes de
haberse presentado la solicitud”.
El pliego de reparos firmado en
marzo de 2012 por la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la CCR dio al
candidato de ARENA un plazo de quince días para que hiciera uso de su derecho
de defensa, a lo cual los técnicos municipales de San Salvador respondieron con
una nueva documentación tratando de justificar el hallazgo en la auditoría; sin
embargo, hasta ahora y a solo semanas para que cierre el plazo de las
inscripciones en el TSE, la CCR no ha sentenciado definitivamente.
De acuerdo a técnicos de la
Corte de Cuentas, estos procesos suelen durar hasta dos años. En el caso de la
auditoría en mención, la resolución fue emitida en marzo del año pasado, con lo
cual el tiempo se acorta para que Quijano resuelva a su favor.
El presidente de la Corte,
Rosalío Tóchez dijo no tener aún una respuesta defiitiva sobre el status del
caso ya que “se encuentra en la parte investigativa”. Aunque también mencionó
que "hay diligencias pendientes que practicar... es cierto que existe
ese hallazgo y él (Quijano) tiene que hacer los desvanecimientos”.
Tóchez añadió que el candidato
tiene un problema “que es de tiempo” pues se acerca el día para que el TSE dé
por oficializadas las inscripciones a la candidatura, que será el próximo 24 de
septiembre.
“He reiterado que no vamos a
dar opiniones mientras no exista sentencia ya sea absolutoria o condenatoria,
porque no queremos entorpecer la candidatura del doctor Norman Quijano ni la de
ninguno de los otros candidatos”, explicó Tóchez.
Técnicos de la Corte de Cuentas
confirmaron que —efectivamente— la auditoría en mención está en proceso de juicio y que de darse una sentencia
definitiva condenatoria para Quijano, éste tendría problemas para inscribirse y
participar de las elecciones presidenciales de 2014. “Pero eso ya queda en
manos del Tribunal Supremo Electoral”.
La obligación del presidente de
la Corte, tal como lo mandata la ley de la Corte de Cuentas, es la de “librar
ejecutorias en los juicios de cuenta y extender finiquitos”, según el artículo
93.
“Si la sentencia fuese
absolutoria la Cámara mandará a archivar el juicio definitivamente y librará
nota al presidente de la Corte para que, de oficio, extienda el finiquito; si
fuese condenatoria, lo mandará a archivar provisionalmente, en tanto no haya
sido cumplida la sentencia” expresa la ley.
Al insistirle al presidente
Tóchez para que explicara de qué manera esto podría traerle problemas a Quijano
y ARENA para correr por las elecciones del próximo año, se limitó a decir que
“sería prematuro dar opinión al respecto. No puedo adelantar criterios a razón
de que estamos en el procedimiento", dejó entrever.
“Tengo entendido que el doctor
Quijano hizo uso de su derecho de defensa”, volvió a decir Tóchez, quien no
quiso comprometerse con una fecha para dictar sentencia.
La Corte de Cuentas tiene que
pronunciarse ya sea con sentencia absolutoria o condenatoria según las pruebas
que se presenten, detalló Tóchez reconociendo que “el tiempo va en contra del
funcionario”.
"En la Corte les hemos
dado oportunidades a todos para que se defiendan. Estamos con la buena voluntad
de querer ser abiertos para todos”, dijo.
La ley de la Corte de Cuentas
de la República dice que “las ejecutorias condenatorias se pasarán al Fiscal
General de la República para que pida su cumplimiento al numeral 10 del
artículo 5 de esta ley” y que “la ejecutoria de una sentencia absolutoria
comprenderá el preámbulo y las partes del fallo en que se absuelva y declare
libres de responsabilidad a los interesados”.
El caso del saliente alcalde de
San Salvador y candidato arenero se mantiene abierto aunque por el momento ya
existen reparos a su administración durante los años de 2010 y 2011 por haber
desviado fondos destinados para obras de infraestructura pública, hacia gastos
administrativos, incumpliendo el artículo 5 de la Ley de Creación del Fondo
para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios FODES y el artículo 12
de su Reglamento.
“En consecuencia, deberá
responder (el alcalde Norman Quijano y su Concejo)… por la cantidad de
$583,208.08” reza el pliego de reparos emitido en la Cámara Cuarta de Primera
Instancia de la Corte de Cuentas.
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